La UE condena a España: 225 ciudades incumplen con aguas residuales

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El TJUE condena a España por incumplir la Directiva europea sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas Eduardo Parra - Europa Press - Archivo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha condenado a España por incumplir la Directiva europea sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas. La sentencia, publicada este jueves 18 de diciembre, responde a un recurso presentado por la Comisión Europea en 2023 sobre un caso que se remonta a 2021. El fallo especifica múltiples infracciones en decenas de aglomeraciones urbanas españolas relacionadas con sistemas de recolección, tratamiento secundario, tratamiento más riguroso en zonas sensibles y procedimientos de control.

La Comisión identificó deficiencias en 29 aglomeraciones urbanas que aún no disponen de sistemas colectores de aguas residuales adecuados. Entre ellas se encuentran Acorán, Adeje-Arona, Añaza, Candelaria-Casco, Golf del Sur, La Esperanza-La Laguna Sur-Santa Cruz-Valles y Puerto de Santiago-Playa la Arena, entre otras. La normativa europea exige que todas las aglomeraciones urbanas de al menos dos mil habitantes cuenten con sistemas colectivos, o sistemas individuales equivalentes si el coste es excesivo, garantizando el mismo nivel de protección medioambiental.

Tratamiento insuficiente en 225 aglomeraciones

Además, 225 aglomeraciones urbanas no cumplen con los estándares de tratamiento requeridos. La Comisión señaló en su justificación para llevar a España al TJUE que en estas zonas «el grado de tratamiento exigido a toda la carga contaminante de las aglomeraciones o no ofrece los resultados de tratamiento necesarios en lo que respecta a los vertidos después del tratamiento». Entre las más afectadas figuran Donostia-San Sebastián, Almodóvar del Río, Martos, Torredonjimeno y Santoña.

El incumplimiento afecta específicamente al artículo 4 de la Directiva, que obliga a proporcionar tratamiento secundario para las aguas residuales recogidas. También se han detectado fallos en el artículo 5, que exige un tratamiento más riguroso para los vertidos en zonas sensibles, incluyendo localidades como Cáceres, Mérida, Soria, Rubí y Don Benito-Villanueva de la Serena.

Posibles multas y costas procesales

Aunque la sentencia no impone sanciones económicas inmediatas, la Comisión Europea puede ahora solicitar multas a España si el país no corrige las deficiencias identificadas. El TJUE ha condenado a España a asumir sus propias costas procesales y tres cuartas partes de las costas de la Comisión Europea. La Comisión deberá pagar una cuarta parte de sus propios gastos.

La Comisión subrayó la necesidad de mejorar la infraestructura, ya sea mediante la construcción de nuevas instalaciones físicas o el desarrollo de las plantas de tratamiento existentes. El caso se inició en 2021 cuando el ejecutivo europeo emitió su primera advertencia a España. A pesar de algunos avances, las deficiencias persistieron, lo que llevó a la Comisión a presentar su recurso al TJUE en 2023 tras agotar el proceso preliminar.

Nota: Este artículo fue creado con Inteligencia Artificial (IA).

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